ARRENDAMIENTOS Y ALQUILERES.
LE APOYAREMOS EN :
- Selección idónea de los posibles arrendatarios.
- Elaboración y firma del contrato de arrendamiento basado en la ley 820 (arrendamiento de vivienda urbana) e inmuebles comerciales basado en el Código de Comercio y Código Civil.
- Promoción del inmueble mediante las más importantes páginas de Internet a través de diferentes portales inmobiliarios. El cobro por esta labor es un canon de arrendamiento al año (una sola vez). De la administración y seguro se encarga el propietario.
REQUISITOS PARA CONSIGNAR INMUEBLES RESIDENCIALES:
- Diligenciar ficha de consignación.
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
- Fotocopia de Certificado de tradición y libertad.
REQUISITOS PARA CONSIGNAR LOS INMUEBLES COMERCIALES:
- RUT- Registro Único Tributario donde especifique régimen de ventas.
- Copia cámara de comercio de la empresa.